Se le llama “fondo buitre” a un fondo de inversión libre, donde una empresa o persona, se dedica a comprar mediante la
especulación financiera, títulos de deudas públicas (deudas de Estados que se
encuentren propensos a la quiebra o en una mala situación financiera) a muy bajo precio y, mediante acciones
judiciales y extorsivas, lograr cobrar mucho más de lo que el mercado está dispuesto
a pagar por estos activos.
El
origen de la deuda externa argentina, proviene de los procesos de endeudamiento y su estrecha relación
con la corrupción y la crisis macroeconómica por la cual pasaba el país, por
ello, Argentina recurre a los fondos buitres debido a la gran deuda externa que
venía acumulando desde hace 40 años y que aumentó de forma exponencial desde el
año 1976 cuando tuvo un incremento del 365%; la consecuente
crisis de generación de divisas para afrontar los compromisos de deuda cada vez
más crecientes, hizo que en el año 2000 se llevara a cabo la realización de un
canje de deuda, que significaba la reestructuración de alrededor de 50.000 millones de dólares a tasas muy
elevadas y en condiciones arbitrarias, lo cual detonó el punto final cuando en
diciembre del 2001 el Fondo Monetario Internacional se negó a reestructurar el
vencimiento de deuda pública, lo cual introdujo formalmente a Argentina en la
cesación de pagos (default) por el no pago de parte de su deuda externa. El proceso
de desendeudamiento tuvo sus inicios en el año 2005 con el primer canje
voluntario de la deuda en default, proceso con el cual se ofrecía canjear los
títulos defaulteados por otros, aceptando un rescate
importante en el capital compensada por una serie de alternativas de repago e
interés, con esto se logró de forma exitosa renegociar cerca de 1.800 millones
de dólares. En el 2006 logro cancelar su deuda externa con el FMI con un pago
anticipado de 9.530 millones de dólares. Para el año 2010 se decide lanzar de
forma oficial un nuevo canje de deuda
para acreedores externos privados con la intención de reestructurar la
deuda y solucionar conflictos jurídicos derivados del default.
El pago que están reclamando los denominado
“fondos buitre” refiere a una operación especulativa, basada en la compra de
bonos argentinos defaulteados, que tenían prestamistas privados y que no
aceptaron las propuestas de reestructuración de deuda que hizo el gobierno argentino
en los años 2005 y 2010; cabe destacar que por lo tanto estos fondos buitres,
nunca le prestaron dinero a la Argentina, sino que compraron títulos defaulteados
(bonos basura) que se encontraban a muy bajo precio. Estos especuladores
pretenden lograr ganancias exorbitantes (sin lógica de mercado), ya que pagaron
en conjunto 48,7 millones de dólares por los bonos y por una determinación de
un Juez lograría cobrar mas de 1.300 millones de dólares, con lo cual
alcanzaban una tasa de ganancia de 1.608%.
Para
las condiciones de pago de los bonos, se determina que los títulos estén bajo órbita
de la Ley norteamericana, por lo tanto los especuladores tiene derecho a
reclamar en la justicia norteamericana (a sabiendas de que se tratan de
intereses radicados en los Estados Unidos) y existe una posibilidad de que ante
la falta de pago, se embarguen los bienes argentinos (propiedades diplomáticas,
activos, fondos, reservas) y sobre todo podrían embargar los intereses de la
deuda reestructurada, con lo que afectarían el pago a los bonistas que
aceptaron la propuesta argentina y aceptaron el canje en su momento.
La situación de los fondos buitres en el
caso de Argentina en la actualidad están de la siguiente manera; luego de que
el juez dictara el pago total de la deuda con los bonistas mas sus intereses
acumulados, con una suma de $1.330 millones, Argentina decide apelar al fallo
del juez, obteniendo un rechazo de la Corte Suprema de los Estados Unidos; en
junio del presente año Argentina realiza un pago de $832 millones a los
bonistas que si ingresaron al canje (a diferencia de los fondos buitres), de
los cuales se depositaron $539 millones en la cuenta Bank of New York Mellon (entidad
encargada de efectuar el pago a los bonistas), a partir de ese momento de
transferencia los fondos girados ya no son propiedad de Argentina sino que pertenecen
a terceros, pero al momento de conocerse esta transferencia el juez encargado
de los fondos buitres califica como ilegal el pago de los $539 millones y
ordena al banco devolver el dinero al organismo monetario argentino, pero al no
realizarse las transferencias del banco hacia los bonistas, se desata otra
batalla judicial; puesto que el dinero ya había sido depositado por el Estado
argentino, la responsabilidad de completar y distribuir el pago era de los
agentes fiduciarios (BONY y Euroclear) por lo que a ellos les corresponde
responder ante las posibles demandas legales que surgieran por parte de los
tenedores de bonos reestructurados; como se preveía al vencerse el pago de los
bonistas que ingresaron al canje de deuda, los tenedores de bonos europeos iniciaron
demandas en Bélgica contra los agentes fiduciarios europeos y por su parte en
Estados Unidos se convoca a una audiencia entre el Ministro de economía, el
mediador del caso y los representantes de los fondos buitres, donde se les
ofreció ingresar al canje en condiciones similares a las que accedieron los
bonistas en 2005 y 2010 con la finalidad de darle un cauce al conflicto, pero
los representantes de los fondos buitres
rechazaron la oferta.
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